la cuestion catalana

El Problema de Cataluña 1era Parte

Para entender, el problema de Cataluña vs España  hay que dejar la mente en blanco y observar algunas fechas y datos. En cuanto a las fechas son esenciales el año 2010, 2012, 2017 y 2018. En cuanto a los datos, los siguientes:

  1. La aprobación del nuevo estatuto de Cataluña apoyado por Zapatero y aprobado en el congreso de diputados y, posteriormente, en referéndum en la comunidad autónoma.
  2. El estatuto de Cataluña de 2006 quedaba así sujeto a todas las formalidades necesarias para ser consultado a través del referéndum consiguiente, sin perjuicio de que, una vez aprobado, sin oposición ni presentación del recurso inconstitucionalidad, como sucedió con el andaluz valenciano y otros aun cuando contuviera puntos de dudosa constitucionalidad o incluso de inconstitucionalidad manifiesta, al no ser impugnados por nadie solo se activaría la protección de la constitución para el supuesto de que se pretendiera su aplicación mediante un acto o disposición legal que, apoyada en ellos infligiera el texto o espíritu constitucional. Por ejemplo si los andaluces pretendieran una separación del poder judicial sometiéndolo a las decisiones del poder ejecutivo en el nombramiento de los magistrados, en cuyo caso el tribunal constitucional, de oficio podría declarar la inconstitucionalidad de dicho precepto. Téngase en cuenta que los estatutos no son más que leyes orgánicas sometidos a las directrices dadas por la constitución que priman sobre ellos y su redacción.
  3. La equivocada campaña del PP para lograr la declaración de inconstitucionalidad de algunos de los artículos del estatuto ya aprobado en las cortes generales y en el referéndum posterior en Cataluña.
  4. El enorme enfado e indignación de la mayoría de los catalanes que vieron, y se convencieron, de que la actuación del PP era una consecuencia del espíritu jacobino centralista que hacía una interpretación muy sesgada de la Constitución, en su filosofía original, produciéndose un rechazo a todo lo que supusiera una posibilidad de decisión por parte de las recién creadas autonomías, en concreto por las mas descentralizadoras del país vasco y Cataluña.
  5. En realidad el PP solicito la declaración de inconstitucionalidad de 114 de los 126 artículos que tenía el estatuto de Cataluña, siendo declarados por el tribunal únicamente inconstitucionales pocos apenas 2 y sometiendo otros, a una interpretación para evitar que las palabras utilizadas pudiera tener un significado que rompiera el principio constitucional de la unidad de España. Así en el preámbulo (que no tiene fuerza legal) se establecía que Cataluña es una nación, aclarando de forma definitiva el equívoco del texto constitucional cuando habla de nacionalidades y comunidades autónomas. En realidad la nacionalidad no es más que un vinculo que existe en una sociedad basado en lengua propia, costumbres, parte del derecho e historia suficientemente diferentes del resto de entidades autónomas del estado que suponen no un  estado nación, pero si una autonomía conceptual que debe ser tenida en cuenta siempre y cuando no se identifique con un estado diferente del estado español.

El segundo punto más conflictivo era el de desgajar del poder judicial la administración de justicia en Cataluña, al designar a los magistrados el Parlament de Cataluña en vez del CGPJ (diferencia más superficial que de raíz) puesto que en realidad el Consejo General del Poder Judicial está compuesto por los magistrados según un sistema de reparto de cuotas que es tan vergonzoso que en cada comienzo de legislatura el partido ganador jura y perjura que va a acabar con ese perturbador sistema y volver al que se estableció al decidir que el CGPJ debía ser elegido, en su parte mayoritaria,  por los propios jueces con lo cual tanto en Cataluña como en el resto de España el poder judicial, al fin y a la postre depende del legislativo. Vaya forma de entender el principio de “separación de poderes”.

  • Tras el enorme cabreo de los independentistas, y otros que no lo eran ,como es el caso del que era el Presidente de la Generalitat ,José Montilla, del defensor del poble y de numerosos eruditos y juristas llego el 11 de septiembre del 2012, fecha en la que el entonces Presidente Artur Mas con una visión increíblemente comercial, y viendo el éxito de la manifestación convocada por la Asamblea Nacional Catalana y el fórum (más de un millón de manifestantes) pensó y resolvió ponerse al frente de esta manifestación ,cual moisés redivivo, engrosando así la ,ya por entonces, menguante nómina de convergentes con la inyección que le supuso el movimiento ciudadano propulsado recientemente descubierto.
  • En Julio de 2017, el parlament de Catalunya hace la barbaridad de derogar la Constitución y el Estatuto sustituyéndolo por una legislación que introducía un referéndum sobre la autodeterminación (Ley de referéndum y de transitoriedad). Declaradas ambas leyes inconstitucionales el día 12 de Septiembre por el Tribunal Constitucional.
  • Al darse cuenta del enorme disparate que las leyes de transitoriedad recientemente aprobadas había supuesto incluso incurriendo en graves delitos, el parlament de Cataluña se apresuro a desnaturalizar la declaración tomada minutos antes, y en el mismo acto la declaro sin efecto por lo cual ni fue publicada en el DOGC ni procedieron a la representación pública de la republica recientemente creada (no se sustituyeron las banderas que presiden el palau de las generalitat ni se dejo actuar a los comités de defensa de la republica que pretendían la toma de los centros de comunicación y comunicaciones).

Días después el fiscal general del estado, señor Maza (se supone que por indicación de gobierno de Rajoy) presenta una querella contra los principales responsables de los actos del parlament antes mencionados por los delitos de rebelión, mal versación de caudales públicos y desobediencia entre otros.

Iniciando un sumario que ha dado lugar al juicio ante el Tribunal Supremo que comenzó el día 11 de febrero del 2019.

  • Así llegamos al año 2012 en el que Artur Mas, que solo ve TV3, se da cuenta ante la multitudinaria manifestación del 11 de Septiembre que ahí existe un filón para el éxito de su partido convergencia democrática de Cataluña, y se pone a la cabeza de dicha manifestación ante el alboroto entusiasta de los manifestantes (poco enterados de la esencia y verdad del problema) convirtiéndose, como buen converso en un agarif de la causa independentista que abrazo entonces sin todavía haberse separado hoy en día, a pesar de que el protagonismo principal se lo han quedado en waterlo y en sucesivo cambio de su partido primigenio (PDCAT, la crida, etc.)
  • Retrocediendo en el tiempo, y yendo a 2016 fecha en que fue aprobado por el parlamento nacional en el estatuto de Cataluña el PP se dedico a reunir firmas para declarar la inconstitucionalidad del referéndum aprobado, para lo cual no escatimo esfuerzos en calles, plazas y mercados para reunir las firmas necesarias para ejercer el recurso de inconstitucionalidad del mencionado estatuto, cuando era suficiente con solicitarlo de forma sencilla puesto que reunían un numero que era suficiente ya que el numero era superior a 50 diputados que es lo que se necesita para interponer un recurso de inconstitucionalidad y no agotar la poca paciencia de los independentistas presentando además, la vía de la acción pública con un montón de firmas obtenida desde Murcia a la Coruña y desde Huelva hasta Huesca. En el año 2016 presento las firmas ante el constitucional, este en el año 2010 (casi 4 años después, mandan…) dicto sentencia por la que se anulaban de los 112 artículos que proponía el partido popular solo unos muy pocos principalmente los relativos a constituir un poder judicial autónomo y a definir de una forma clara lo que era nación para huir del término nacionalidad plasmado en la constitución, y algunos relativos a la lengua y a la recaudación fiscal.

Este nuevo estatuto no fue (error) sometido a referéndum en Cataluña lo que junto con la infeliz frase de Alfonso Guerra de que “Nos hemos cepillado el estatuto de Cataluña”, y el mal estar creado por la forma en que el PP impugno o solicito la inconstitucionalidad  (que más parecía un meter un dedo en el ojo que una actuación en pro de la ley) supuso un mal estar en Cataluña que junto a una muy interesada información por parte de los líderes independentistas acompañada de una falta cuazi-total  de pedagogía por parte del PP esto hizo aumentar el número de separatistas del 20% (cifra hasta 2010) hasta cerca del 50% en los años posteriores.

En realidad la vituperada sentencia del tribunal constitucional era correcta puesto que esos dos temas eran inconstitucionales. El problema está en los estatutos de al menos 2 comunidades autónomas, la de Valencia, y fundamentalmente, la de Andalucía, esos artículos inconstitucionales figuraban en redacción totalmente idéntica a la de Cataluña. Lo que pasa es que no habían sido impugnados por nadie y, en el improbable caso de que quisieran será aplicado el tribunal constitucional entraría, de oficio, a anularlos.

Todo eso bien argumentado por unos vendedores natos como los catalanes hizo que se tuvieran por un ataque a Cataluña que justificaba el anti españolismo fomentado por las elites y separatistas ante el absurdo silencio (falta de pedagogía por los constitucionalistas).

  1. Todo ello ha sido aderezado por una actividad, por cierto infructuosa de los separatistas que buscaban el apoyo internacional, y fundamentalmente el de la Comunidad Europea. Primero pretendiendo que el hecho de separarse de España no afectaba a su  relación con dicha comunidad. Eso se hubiera evitado si hubieran leído la constitución europea firmado en Lisboa cuyo artículo 4.2, al igual que los recordatorios del presidente de la comunidad y del parlamento europeo mantienen que todo nuevo estado que se disgrega de un miembro de la  CE pierde su condición de comunitario y se dejan de aplicar en su territorio los convenios vigentes en dicha comunidad. Para que pudieran continuar se necesitaría el voto unánime de todos los miembros, lo que es prácticamente imposible teniendo en cuenta el seguro voto negativo del estado español y los más que probables votos de los estados que tienen el problema del separatismo de zonas de su territorio como Francia (caso de Córcega) Italia (caso de la liga norte) Dinamarca (caso de Groenlandia) Hungría (caso de regiones que propugnan la independencia) etc. Eso supondría la ruina total para Cataluña, que podría para salvar sus exportaciones y su trato preferente forma una comunidad con terceros países, y no se me ocurre más que los del norte de áfrica lo que no creo que fuera muy del gusto de los catalanistas. Es lo mismo que sucedió con el caso de la independencia propuesta, y no aprobada por su referéndum de Escocia en 2014.
  2. Otros dos intentos fue el que realizaron ante la oficina de tribunal de Estrasburgo (Derechos Humanos) cita en Venecia y ante la ONU sobre el derecho de autodeterminación, en la que se les dijo bien claro que ese derecho solo estaba establecido para las antiguas colonias obligadas a permanecer en las potencias coloniales, lo que evidentemente, no es el caso de Cataluña.
  3. Otro de los “engaños” que ha sido usado durante mucho tiempo por los propagandistas del independentismo es lo sucedido en Inglaterra y Canadá y los referéndums que se celebraron en dichos estados para promover  la independencia de Irlanda y Quebec. Por citar algunas diferencias ( y no cansar al lector con todas ellas) entre esos dos procedimientos y el pretendido por parte de los catalanes citaremos únicamente que tanto en Inglaterra como en Canadá no existe constitución escrita sino que la suplen por lo que en cada momento se resuelva por el Parlamento (el caso ingles) o por el Tribunal Supremo que hace las funciones del Tribunal Constitucional en el caso de Quebec, por lo que el parlamento ingles vistos los alegatos de los irlandeses y las mayorías parlamentarias de los mismos acordó el celebrar un referéndum de independencia sujeto a unas mayorías y con unas condiciones pre establecidas. En el de que Canadá, Quebec, Francófona y mucho más rica y desarrollada que los otros estados federales de Canadá sobre todo de Ontario lo solicito del Tribunal Supremo canadiense (que hace las funciones de Tribunal Constitucional) la independencia en referéndum que le fue autorizada siempre y cuando este se realizara con arreglo a unas normas mínimas (mayoría cualificada) de concurrencia y votos a favor de la independencia y que se permitiera a los condados poblados por los aborígenes del norte de Quebec (más de un tercio de Quebec)  que a su vez, si querían continuar en Canadá no les afectara lo resuelto por dicho referéndum independentista (tema original del fenómeno Tabarnia). Las consecuencias no se dejaron esperar y Quebec, el estado más rico ha caído a favor de Ontario que es hoy por hoy el principal y con más futuro de Canadá.
  4. Al mismo tiempo los independentista que por tradición histórica saben muy bien vender el producto han pretendido su reconocimiento por parte de los estados miembro de la CE, no habiendo obtenido más éxito que en la parte flamenca de Bélgica, que también llevan muchos años una independencia de Bélgica y algunas actuaciones propagandísticas aireadas a todo trapo por TV3, lastimosamente convertida en el vocero del independentismo.
    0 Comments

    No Comment.